Establece por vía de excepción que los estudiantes que hayan sido dado de baja por aplicación del art. 9 del Régimen de regularidad de estudios-Res. nº 162/03CS- y que adeuden hasta seis(6) materias inclusive al 31 de diciembre de 2017, podrán continuar sus estudios debiendo concluir los mismos dentro del plazo máximo de cuatro años a partir del 1º de febrero de 2018 siempre que cumplimenten con lo previsto en el art. 2º de la presente norma.
Aprueba las bases para la convocatoria a publicaciones de EUDENE conforme el ANEXO de la norma.