Establece la extensión del tiempo de tolerancia de quince (15) minutos más al permitido actualmente fijándose como tope de registro de ingreso a las 07,,00 hs, sin que ello signifique inasistencia, estableciendo que el tiempo ocupado entre las 6,45 hs, y 07,00 hs deberá ser reintregrado prolongando la jornada laboral por el tiempo ocupado en el ingreso, en el Instituto Rectorado, Institutos y Carreras dependientes.-
RES-REC-3906-2016-ESTABLECE EXTENSION DEL TIEMPO DE TOLERANCIA HORARIA.pdf