DISP-DEL REC ISSUNNE-051-13 ESTABLECE POR VÍA DE INTERPRETACIÓN EL CONCEPTO ENUNCIADO EN EL ART. 2 DE LA RESOLUCIÓN Nº 384-93 CA

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Se establece por vía de interpretación, que a los efectos de la determinación del beneficio de complementación previsto en el Fondo de Complementación Jubilatoria para el Personal de la UNNE, el concepto de "ultimo sueldo percibido en actividad enunciado en el artículo 2 de la Resolución 384/93 CA, debe entenderse como sueldo previsto en la escala vigente al momento de la determinación y otorgamiento del Beneficio para cada cargo computable o su  equivalente en caso de reestructuración escalafonaria."

DISP-DEL RECT ISS N 051-2013.PDF