Modifica parcialmente la Resolución nº 780/17 CS exclusivamente en lo referido al Artículo 3º-punto 4, que quedará redactado de la siguiente manera: " ...4- Excepcionalmente si al 28 de diciembre de 2017, no contase con el requisito del pto 3, deberá presentar constancia de estar cursando el último año de la escuela secundaria".